REGLAMENTO DE CAMPEONATOS DE MAXIBÁSQUET ORGANIZADOS Y FISCALIZADOS POR FFEMAR
(Federación Femenina de Maxibásquet de Argentina)
PARTICIPACIÓN DE FFEMAR EN TORNEOS INTERNACIONALES
Los Campeonatos Argentinos son el encuentro más importante que tiene nuestro Maxibásquet. Tienen carácter puramente federal y son la fiesta magna del Maxi Básquetbol Argentino, animados por el espíritu del deporte aficionado y donde, por encima de todo, reina el desinterés individual. Son símbolo de argentinismo y mancomunidad nacional, y valoramos el máximo esfuerzo que realiza cada organizador, como así también los que llegan de los lugares más lejanos a participar de tan importante y relevante encuentro. Los Campeonatos Regionales permiten la competencia entre provincias cercanas, facilitando la participación de todos los equipos.
Este Reglamento va siendo estudiado y analizado permanentemente por Comisión Directiva de FFEMAR y en el marco del Congreso de Delegados Anual, proponiendo modificaciones que hacen a un mejoramiento del mismo.
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1CAPÍTULO I – ELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE SEDE
Artículo 1.- SEDES - CALENDARIO ANUAL.
Los Campeonatos Argentinos serán patrocinados y fiscalizados por FFEMAR. Deberán realizarse indefectiblemente una vez por año y antes del 30 de Noviembre, financiados por las entidades que participen de tan importante encuentro. Preferentemente se realizará en el receso escolar de invierno. Asimismo FFEMAR patrocinará y fiscalizará los torneos Regionales que se realizarán anualmente, divididos en cinco (5) zonas, a saber, NOA (Noroeste Argentino, integrada por las provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero y Catamarca), NEA (Noreste Argentino, integrada por las provincias de Corrientes, Chaco, Misiones y Formosa), CENTRO (integrada por las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba), CUYO (integrada por las provincias de Mendoza, San Luis, San Juan y La Rioja) y SUR (integrada por las provincias de Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego). Finalizados los regionales se podrá organizar la Gran Final de Regionales, en donde participarán los campeones de cada categoría y un subcampeón de cada categoría designado por sorteo, según Anexo A que es parte integrante del presente reglamento.
Artículo 2.- CONFIRMACIÓN DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA.
Las entidades interesadas en ser sede organizadora de Campeonatos Argentinos deberán presentar una propuesta a la Comisión Directiva (en adelante denominada CD) en el Congreso de Delegados del año anterior al campeonato al cual se postulan. La CD evaluará las propuestas y adjudicará la sede, debiendo ser aceptada la misma por el designado, con anterioridad a la realización del Campeonato Argentino del año en curso. El lanzamiento de la sede se realizará en el acto de clausura y entrega de premios del Campeonato Argentino en curso.
La sede de los Regionales se decidirá antes de finalizar el regional en curso a propuesta de los delegados de todas las entidades participantes y con acuerdo de CD. La sede de la Gran Final de Regionales se efectuará por licitación de acuerdo a los prescripto en el Anexo A.
Todo lo referente a la adjudicación de sedes, para el Campeonato Argentino o Regional que no esté expresamente determinado en este Reglamento, será resuelto por CD de FFEMAR.
Artículo 3.- ESTADIOS - ALOJAMIENTOS - FECHA.
Los partidos correspondientes a Campeonatos Argentinos, Regionales o cualquier torneo fiscalizado por FFEMAR deberán disputarse en estadios reglamentarios y adecuados a la importancia de la competencia. Las entidades que tengan a su cargo la organización de los Campeonatos Argentinos, Regionales o cualquier torneo fiscalizado por FFEMAR deberán disponer de buenos alojamientos para los integrantes de las delegaciones, autoridades y Jueces, informando en el Congreso de Delegados del Campeonato Argentino o Regional inmediato anterior las características de los estadios y alojamientos, en cuya oportunidad anunciarán también la fecha aproximada en que habrán de disputarse y su sede. Cualquier excepción a estas exigencias deberán solicitarse en esa oportunidad. El Congreso de Delegados elevará al CD de FFEMAR su opinión al respecto.
Artículo 4.- INSPECCIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA.
Las necesidades exigidas por el Art.3, debidamente documentadas, deberán estar cumplimentadas antes del 31 de Diciembre de año anterior a la realización del Campeonato Argentino, oportunidad en que la Comisión Técnica de FFEMAR revisará e informará el estado de los preparativos y todo lo que aún faltare. El no cumplimiento de los requisitos establecidos justifica la pérdida del derecho a ser sede, correspondiendo su adjudicación a otra afiliada. Durante la realización del Congreso de Delegados la Comisión Técnica evaluará nuevamente la subsanación de las observaciones realizas con anterioridad.
Artículo 5.- OFRECIMIENTO DE SEDE VACANTE.
Si operada la cancelación de la designación de sede, ya sea por renuncia de la entidad designada como organizadora o por cualquier motivo que, a consideración de la CD, lo ameritara, FFEMAR ofrecerá la sede vacante a todas las afiliadas, con excepción de aquella a la que le fuera cancelada la organización. Las invitadas deberán contestar dentro de un plazo máximo de treinta días contados desde la fecha de la invitación. CD evaluará las propuestas y adjudicará la sede, pudiendo la CD de FFEMAR acordar una postergación del plazo que pudiera solicitar la entidad que aceptare el ofrecimiento.
Artículo 6.- ENVÍO DEL PLAN ORGANIZATIVO DEL CAMPEONATO.
Al notificar a FFEMAR la fecha oficial de la iniciación del Campeonato Argentino o Regional y el lugar en que el mismo tendrá efecto, la entidad organizadora deberá remitir un plan de organización que hará referencia a las condiciones de alojamiento, movilidad interna de las delegaciones, canchas, temperatura ambiente, proyectos de homenaje, agasajos y todo otro pormenor relativo al Campeonato. La entidad organizadora del Campeonato Argentino o Regional deberá incluir la propuesta del importe a abonar en concepto de inscripción por cada delegación participante para su aprobación por CD. El monto de la inscripción podrá fijarse por equipo o por jugador participante.
Artículo 7.- NOTIFICACIÓN OFICIAL DE FFEMAR – FECHA DE REALIZACIÓN – INSCRIPCIÓN.
FFEMAR notificará a sus afiliadas la fecha fijada para la iniciación del Campeonato Argentino o Regional, considerándose abierta la inscripción desde ese momento hasta veinte (20) días antes de la fecha de iniciación de los Campeonatos. El pedido de inscripción deberá ser enviado al organizador y este informará de todas las inscripciones a FFEMAR. Cada entidad deberá cancelar hasta 20 días antes del inicio del campeonato el 50% de la inscripción fijada (para el caso que la inscripción se fije por jugador el monto a abonar en concepto de anticipo será sobre la base de 10 jugadores). Al momento del pago el equipo se considerará formalmente inscripto.
Para poder intervenir en el Campeonato Argentino o Regional las afiliadas deberán abonar los cánones que anualmente fije la CD para su participación en estos eventos o cualquier arancel que se fije en el futuro en su reemplazo. Dicho canon se abona una sola vez al año, por lo que la afiliada lo deberá abonar en el primer torneo fiscalizado por FFEMAR que participe.
Cada entidad deberá cancelar en el momento de inscripción, los valores que pueda adeudar a FFEMAR por otros conceptos -.
Artículo 8.- SANCIÓN A EQUIPOS INSCRIPTOS QUE NO CONCURRIERAN A LOS CAMPEONATOS.
La no concurrencia al certamen del equipo representativo de una entidad afiliada que se hubiera inscripto formalmente en un Campeonato Argentino o Regional, será considerada como falta grave, debiendo cancelar la totalidad del monto de la inscripción. El monto pagado bajo este concepto será el 50% para el organizador y el 50% para FFEMAR.
FFEMAR de acuerdo con las circunstancias particulares de cada caso, podrá elevar al H.T.D las actuaciones para evaluar algún otro tipo de sanción.
Artículo 9.- INFORME FINAL DEL ENTE ORGANIZADOR.
Finalizada la competencia y dentro de los treinta días desde la de la clausura del campeonato, la entidad organizadora elevará a FFEMAR el Informe final de la labor realizada, adjuntando toda la documentación del campeonato.
Artículo 10.- INSTANCIAS DEL CAMPEONATO ARGENTINO
El Campeonato Argentino se compone de 2 instancias:
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a)El Congreso de Delegados.
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b)La competencia propiamente dicha.
Artículo 11.- DEL CONGRESO DE DELEGADOS
El Congreso de Delegados se realizará al menos tres meses antes de la fecha prevista para la realización del Campeonato Argentino, en la misma sede que éste. Será presidido por el Presidente de FFEMAR o su reemplazante estatutario. En su ausencia lo hará el Presidente de la entidad organizadora. En ausencia de ambos, el Congreso será presidido por un Presidente "ad Hoc" elegido por simple mayoría de votos, de entre los Delegados presentes. La Secretaría del Congreso la ejerce el Secretario de FFEMAR o, en ausencia de éste, su reemplazante estatutario
La asistencia de los socios de FFEMAR a través de sus Delegados (no pueden ser delegados los miembros de CD) es obligatoria a las Sesiones del Congreso concurran o no con sus equipos representativos a Campeonatos de la Federación. Se considerará que un delegado participa del Congreso si asiste al menos al 70% de las sesiones.
Si una entidad socia no participara del Congreso de Delegados será sancionada con una multa fijada en un 100% del arancel de inscripción al campeonato argentino (base 10 jugadores si el monto es por jugador) del año en que realice el pago de la multa y deberá ser abonada al menos antes del comienzo del campeonato que quiera participar.
Las decisiones del Congreso de Delegados que se adoptaran por simple mayoría de delegados presentes no tendrán fuerza resolutiva y, serán elevadas como "recomendaciones" a la CD de FFEMAR que les dará resolución cuando el tema este dentro de sus atribuciones, o de lo contrario, las elevará a la decisión de la próxima Asamblea General.
Artículo 12.- AUTORIDADES DE LOS CAMPEONATOS FISCALIZADOS POR FFEMAR
Las autoridades de los Campeonatos Argentinos y Regionales la constituirán en sus respectivos aspectos:
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a)El Comité Ejecutivo del Campeonato, como autoridad máxima.
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b)La Comisión Técnica del Campeonato.
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c)El Honorable Tribunal de Disciplina del Campeonato (H.T.D).
CAPITULO II – DEL COMITE EJECUTIVO DEL CAMPEONATO.
Artículo 13.- INTEGRACION – REUNIONES - REUNIONES CON DELEGADOS
El Comité Ejecutivo del Campeonato estará integrado por:
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a)Presidente y Secretario de la FFEMAR o sus reemplazantes estatutarios.
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b)El presidente de la entidad organizadora.
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c)Los miembros de la Comisión Técnica del Campeonato.
El Comité Ejecutivo comenzará a funcionar una vez designada la sede, manteniendo comunicaciones y reuniones virtuales periódicas. Durante la disputa del Campeonato Argentino o Regional se llevarán a cabo, en una misma sede, las reuniones del Comité Ejecutivo.
El Comité Ejecutivo deberá convocar a reuniones de delegados durante el Torneo (Argentino o Regional) al menos en tres ocasiones: al inicio (Reunión de apertura), durante el desarrollo y al final (Reunión de clausura), como prioridad y dentro del organigrama y cronograma de horarios del campeonato argentino o regional, sin superponerse con horarios de juego para que los delegados puedan estar presentes.
En la Reunión de Apertura los delegados serán informados sobre los distintos aspectos que hacen al campeonato: canchas, integración de las zonas, formas de definición, protocolo en caso de emergencias, funcionamiento del tribunal de disciplina, servicios, acto inaugural, fiesta de la mascota, lugar y horario de las reuniones de delegados, fiesta de clausura y entrega de premios.
Reuniones intermedias: para evaluar la marcha del campeonato y recoger las inquietudes de los delegados.
Reunión de clausura donde, se evaluará Informe del H. Tribunal de Disciplina y fallos del mismo, el Informe de la Comisión Técnica sobre las posiciones finales de los equipos participantes, entrega de ponencias resultantes de las deliberaciones, evaluación del campeonato realizada por cada delegado.
Artículo 14.- PRESIDENCIA DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CAMPEONATO Y DE LAS REUNIONES DE DELEGADOS.
El Comité Ejecutivo del Campeonato será presidido por el Presidente de FFEMAR y las reuniones de Delegados serán presididos por el Presidente de la entidad organizadora.
Artículo 15.- SECRETARIA DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CAMPEONATO.
La Secretaría del Comité Ejecutivo del Campeonato será ejercida por el Secretario de FFEMAR o su reemplazante estatutario.
Artículo 16.- COMPETENCIA DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CAMPEONATO.
Es de competencia del Comité Ejecutivo del Campeonato resolver sobre cualquier asunto relativo al Campeonato que se realiza y que no esté previsto en el Estatuto y/o Reglamento FFEMAR y/o Códigos de la C.A.B.B.
Artículo 17.- FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CAMPEONATO.
Son funciones del Comité Ejecutivo del Campeonato:
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a)Aprobar las credenciales de los representantes de las entidades participantes del certamen (delegados) y Listas de Buena Fe de los equipos participantes.
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b)Consideración del informe de la Comisión Técnica sobre el estado de las canchas, alojamientos, fixture, jueces, oficiales de mesa, etc.
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c)Aprobar la Compañía de Seguros propuesta por el organizador que dará cobertura por accidentes durante el desarrollo del campeonato, y aprobar su póliza.
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d)Aprobación del Honorable Tribunal de Disciplina que propondrá el organizador del torneo.En caso de no estar propuesto totalmente, se procederá a designar a los integrantes faltantes.
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e)Determinar a propuesta de la Comisión Técnica las categorías promocionales en cada campeonato.
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f)Tomar nota de los fallos del H. Tribunal de Disciplina.
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g)Consideración y adopción de medidas de urgencia que tengan relación con el Campeonato.
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h)Considerar los informes de la Comisión Técnica del Campeonato y resolver en aquellos asuntos que así lo requieran.
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i)Estudiar los problemas atinentes al desarrollo del Campeonato y resolver en aquellos asuntos para los que esté facultado, elevando el resto como "recomendaciones" a FFEMAR.
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j)Aprobar la clasificación final del Campeonato.
CAPITULO III – DE LA COMISION TECNICA DEL CAMPEONATO.
Artículo 18.- INTEGRACION.
En oportunidad de la disputa del Campeonato Argentino o Regional, funcionará una Comisión Técnica integrada por 2 (dos) miembros designados por FFEMAR y 1(un) miembro por la entidad organizadora).
Dicha Comisión iniciara su actividad previamente, con las tareas organizativas correspondientes de acuerdo a sus funciones.
Artículo 19.- COMISION TECNICA - ASISTENCIA DE MIEMBROS.
Los miembros de la Comisión Técnica del Campeonato tienen la obligación de asistir puntualmente a todas las reuniones del Comité Ejecutivo del Campeonato.
Artículo 20.- FUNCIONES DEL COMISION TECNICA DEL CAMPEONATO.
Son funciones de la Comisión Técnica del Campeonato:
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a)Decidir sobre la cantidad de zonas por cada categoría y confeccionar dichas zonas y forma de disputa y definición por cada categoría.
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b)Confeccionar el fixture del Campeonato.
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c)Proponer al Comité Ejecutivo las categorías promocionales en cada campeonato.
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d)Previo al desarrollo del campeonato, deberán evaluar el informe del Organizador en cuanto a alojamientos, canchas disponibles, sus instalaciones como baños y vestuarios, elementos de juego y de control, informando por escrito al Consejo Ejecutivo del Campeonato si se ha cumplido con las disposiciones reglamentarias. Durante el campeonato, evaluar el estado general de las canchas, vestuarios y baños, en cuanto a limpieza, iluminación, elementos de juego y de control.
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e)Conformar previo al inicio del campeonato el listado de jueces que dirigirán el mismo, teniendo especial consideración en convocar a jueces FFEMAR que vienen dirigiendo Campeonatos Argentinos y Regionales. Se deberá evaluar si los jueces locales propuestos por el organizador, sumados a los jueces convocados por FFEMAR son suficientes para el desarrollo del torneo.
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f)Designar los Jueces que dirigirán los partidos o designar al responsable de árbitros que realizará la tarea, y en su caso supervisar las designaciones. Las designaciones acordadas por la Comisión no podrán ser impugnadas por ningún concepto.
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g)Conformar el grupo de Oficiales de Mesa de Control -personas mayores de 16 años- controlando que sean los suficientes para cubrir los partidos del campeonato. Designar a los mismos y mantener con ellos, antes del comienzo, reuniones con el objeto de apreciar su responsabilidad y conocimientos.
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h)Separar del cuadro de Jueces y Oficinales de Mesas a los que no demuestren condiciones Técnicas indispensables para actuar en el certamen.
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i)Presentar al Comité Ejecutivo del Campeonato para que este remita a FFEMAR sugerencias sobre temas que estime necesario o conveniente para el interés del Maxibásquet Argentino.
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j)Presentar al finalizar el certamen a FFEMAR un informe detallado sobre el comportamiento y la calificación Técnica que cupo a cada uno de los Jueces actuantes en el campeonato.
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k)Presentar a la entidad organizadora y al Consejo Ejecutivo del Campeonato un resumen general del desarrollo técnico del mismo, conteniendo el resultado de todos los partidos disputados, la clasificación final de los equipos participantes, los jugadores que hubieran obtenido la mejor puntuación en cuanto a goles y triples por categoría.
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l)Hacer cumplir los fallos comunicados por el H. Tribunal de Disciplina, notificando a las partes afectadas y elevando a FFEMAR, el informe de las penas no terminadas de cumplir al finalizar el Campeonato y/o las multas económicas para su cobro.
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m)Elevar a FFEMAR los originales de las listas de Buena Fe, de la Planilla de rendición de fondos de aranceles y las planillas de todos los partidos del Campeonato.
CAPITULO IV - DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL CAMPEONATO
Artículo 21.- INTEGRACIÓN
Todo Campeonato organizado o fiscalizado por FFEMARcontará con un Tribunal de Disciplina compuesto por tres (3) miembros, uno (1) designado por FFEMAR y dos (2) designados por la entidad organizadora para el juzgamiento, durante el evento, de los actos ilícitos contemplados en Reglamentaciones y Código de Penas que rigen a la misma.
Artículo 22.-
El Tribunal de Disciplina del Campeonato no será competente para entender sobre decisiones de los árbitros en el campo de juego referente a las leyes de juego, pero en forma conjunta con el colegio o entidad que los agrupe, podrá coordinar medidas preventivas, como así en las que marque para con ellos el Código disciplinario o en toda otra situación que por su trascendencia o importancia amerite adoptar medidas sobre cuestiones de arbitrariedad manifiesta o potencial afección a la esencia del deporte en sí.
Artículo 23.-
El Tribunal de Disciplina de un Campeonato será competente para entender en primera instancia sobre todo hecho que llegue a su conocimiento, por haberlo presenciado o por informe de alguna autoridad circunstancial. Podrá funcionar eventualmente con un solo integrante en caso de impedimento o razón que se considere de justificación a los efectos.
Artículo 24.-
El Tribunal de Disciplina resolverá en el evento para el que fue creado y la vía recursiva será atendida por el Presidente del mismo agotándose allí toda instancia. Cuando el Presidente del Tribunal de Disciplina del Campeonato lo crea conveniente, dada la naturaleza o circunstancia de la situación, podrá solicitar intervención del Honorable Tribunal Disciplinario de FFEMAR (HTD). En caso de impedimento transitorio o definitivo o renuncia de alguno de los jueces, el Presidente del Tribunal adoptará llevar cabo la labor plena del Tribunal y ante instancias de apelación las atenderá el HTD por la emergencia.
Artículo 25.-
Los plazos por ante el Tribunal de Disciplina del Campeonato serán, al hallarse en desarrollo la competencia deportiva o en la inmediatez de hasta dos días de finalizada, se dispondrán los medios de formal notificación y los plazos de presentación de descargos de los inculpados serán de dos (02) horas tras la notificación con igual término para recusar o apelar. Finalizado el evento se adoptarán los términos que establece el Código de Penas C.A.B.B.
Artículo 26.-
El Honorable Tribunal Disciplinario de FFEMAR intervendrá en toda causa o hecho ilícito contemplado en Reglamentos y Códigos adoptados vigentes, con carácter de instancia superior al Tribunal de Disciplina de un Campeonato, con las supervisiones y facultades de designaciones para con éste. Estará a cargo de toda otra situación en los que no intervenga el Tribunal de Disciplina del Campeonato salvo que su Presidente lo requiera o se considere actuar de oficio, manteniéndose en sesión constante para su actuación ya sea en cuestiones institucionales por requisitoria de Comisión Directiva o por actuación de oficio que lo amerite.
CAPITULO V - DE LAS DELEGACIONES.
Articulo 27.- INSCRIPCION DE DELEGACIONES-AGRUPACIONES NO AFILIADAS
Todas las delegaciones deberán inscribirse a través de la Asociación/Agrupación/Liga afiliadas a FFEMAR.
Si existiera una agrupación que no estuviera afiliada a FFEMAR y solicita inscripción de uno o más equipos a un Campeonato Argentino o Regional, previamente debe solicitar autorización a las autoridades de la federación para poder inscribirse y participará en la condición de Invitado, debiendo cumplir con todos los recaudos que la CD de FFEMAR imponga para dichos casos.
Artículo 28.- INTEGRACION DE LAS DELEGACIONES.
Las delegaciones deben representar asociaciones y/o ligas y/o agrupaciones, no clubes. Cada Delegación deberá estar representada por un (1) delegado como mínimo y tres (3) delegados como máximo, teniendo un solo voto por delegación. Los miembros de CD de la Federación no podrán ser delegados.
Cada entidad participante podrá estar representada en todas o en algunas categorías La delegación estará conformada por equipos, no existiendo límites máximos ni mínimos en cuanto a cantidad de equipos por categoría y delegación.
La designación de dichos equipos se hará indicando primero la provincia y después el nombre de la asociación/agrupación/liga de la delegación. Si hubiera más de un equipo por categoría la designación de cada uno de ellos se hará con letras de la “A”, en adelante.
Durante el desarrollo de los Campeonatos Argentinos o Regionales es obligatorio asistir como mínimo a un 80 % de las reuniones de delegados. Ante el incumplimiento de ese porcentaje el H.T.D conjuntamente con la CD podrán aplicar sanciones.
Es obligatoria la representación de las delegaciones en el Congreso de Delegados Anual según lo prescripto en el Art 11 del presente Reglamento.
Es obligatoria la participación de la delegación en el desfile inaugural. A la primera inasistencia le corresponderá un apercibimiento y ante su reiteración le corresponderá una sanción que fijará el H.T.D conjuntamente con la CD de la Federación.
Artículo 29.- FUNCIONES
Todos los integrantes de la Delegación podrán desempeñarse como jugadores y además desarrollar sus funciones específicas para las que hubieran sido designados. Solo podrán ejercer la función de Presidente de la Delegación, personas que tengan cargos directivos en su propia entidad.
Artículo 30.- INCLUSIÓN DE JUECES.
La Delegación que participe de un Campeonato Argentino o Regional podrá proponer a la Comisión Técnica Jueces, quienes deberán estar en actividad y poseer credencial que los acredite -como mínimo- como Juez Provincial- reconocido por las Federaciones correspondientes.
Artículo 31.- CATEGORIAS - CONSTITUCION - EDADES - PENALIDADES POR FALSEDAD.
El Maxibásquet se divide en categorías cada cinco años (5) a partir de la categoría +30.
Toda jugadora se considera de maxibasquet a partir del año en que cumple 30 años.
Se considerará la edad de cada jugadora a la cumplida en el año calendario.
Una jugadora deberá tener la edad de la categoría, o mayor a ella para poder participar del Campeonato Argentino o Regional de Maxibásquetbol en esa categoría.
Para integrar los equipos, las jugadoras podrán bajar hasta tres categorías de acuerdo a su edad si las mismas son cada cinco (5) años (campeonatos argentinos), y en los torneos que las categorías se forman cada diez (10) años (regionales) podrán bajar una sola categoría. Una jugadora sólo podrá bajar a un equipo de la misma Asociación, Agrupación o Liga
Ninguna jugadora podrá participar en más de dos (2) categorías en el Campeonato Argentino o Regional.
En caso de comprobación de falsedad de una jugadora, ya sea en su identidad, su fecha de nacimiento, su residencia actualizada o cualquier otro motivo que determine falsedad, esta quedará descalificada del Torneo y se hará pasible a una sanción a determinar por el Tribunal de Disciplina del Campeonato. Asimismo, la entidad que haya incluido a dicha jugadora quedará descalificada del certamen y sus antecedentes pasarán al H.T.D del Campeonato para que determine la sanción que pudiera corresponderle
Artículo 32.- EQUIPOS - PRESENTACION DE LISTA DE JUGADORAS – PENALIDADES.
De acuerdo a lo prescripto en el Art 28 no existen límite de equipos por categoría y delegación, la única condición es que la cantidad de jugadoras presentadas para integrar dichos equipos sea la suficiente para cubrir un mínimo de siete (7) jugadoras habilitadas por la edad por equipo y no más de quince (15), o sea que el resultado de la suma total de jugadoras denunciadas en las listas de Buena Fe dividida por la cantidad de equipos presentados debe ser como mínimo siete jugadoras hábiles por equipo.
La lista de jugadoras de cada Delegación participante del Campeonato Argentino o Regional, deberá ser enviada en archivo Excell 48 hs hábiles antes de la iniciación del certamen. El conjunto de jugadoras que figure en la Lista de Buena Fe no podrá ser modificado una vez aprobada por el Comité Ejecutivo del Campeonato. Las jugadoras de categorías superiores deben estar incluidas en las listas de categorías inferiores para poder participar, especificando en que equipo superior participa -para el caso de que haya más de un equipo en esa categoría por asociación, agrupación o liga-. Las jugadoras solo podrán estar incluidas en dos categorías como máximo de acuerdo a lo prescripto en el Art anterior.
En la categoría 70 u otra categoría promocional que se determine, si una agrupación, asociación o liga tiene solo 5 o 6 jugadoras de esa categoría, puede completar el equipo con jugadoras de otras asociaciones, agrupación o ligas según el procedimiento que se fija a continuación. Las jugadoras de asociaciones, agrupaciones o ligas de las categorías promocionales que no formen equipo deberán anotarse en la una lista que habilite la CD, indicando Nombre, DNI, agrupación, asociación o liga a la que pertenece y puesto en el que habitualmente juega. La CD a través del Cuerpo Técnico de FFEMAR designara las jugadoras que se sumaran a cada grupo ya prearmado tratando que las jugadoras de una misma asociación participen del mismo equipo. La competencia de dicha categoría y de los equipos constituidos por jugadoras de una misma asociación o por este procedimiento, tendrán el mismo estatus que todos los equipos que participen del campeonato respectivo.
La limitación establecida en el art 31 sobre que una jugadora solo puede bajar a un equipo de la misma asociación, agrupación o liga no rige para las jugadoras que se suman a equipos de otras asociaciones en las categorías promocionales, quienes podrán participar en los equipos de su asociación, agrupación o liga.
Artículo 33.- PRESENTACION DE DOCUMENTACIÓN - DATOS DE LOS PARTICIPANTES.
Toda Delegación participante deberá presentar en la Acreditación:
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a)La lista de Buena Fe, por triplicado, en la que conste:
*Apellidos y nombres completos.
* Nº de documento de identidad.
* Fecha de nacimiento.
* Nº de carnet de FFEMAR.
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b)Ficha de la delegación, por duplicado, en la que conste:
* Cantidad de categorías presentadas.
* Cantidad de jugadoras por categoría.
* Datos del delegado y responsable de la delegación.
* Lugar donde se aloja la delegación.
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c)Convenio de responsabilidad, con firma original.
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d)De cada jugadora que participe del campeonato: Fotocopia de Ergometría que esté dentro del año de efectuada a la fecha del campeonato, Certificado de Aptitud física firmado por el médico con una antigüedad no mayor a la fecha de la ergometría y cualquier otro certificado que determinara la Comisión de Salud de FFEMAR.
Artículo 34.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.
La Organización o la Comisión Técnica, si lo consideran conveniente, podrán solicitar la presentación de los documentos de identidad a aquellas jugadoras que requieran prueba de control, los cuales deberán ser solicitados al Delegado o Presidente de la Delegación.
Artículo 35.- CAMISETAS DE JUEGO
Se deberá indicar el número de camiseta con el que actuará cada jugador en todos los partidos del Campeonato
Cada equipo deberá contar con dos juegos de camisetas, ya que en caso de coincidencia de colores y determinada la necesidad del cambio de las mismas, deberá hacerlo el equipo que figure como local en el fixture. Si un equipo que debe cambiar su camiseta, no puede hacerlo, el árbitro puede preguntar al rival si accede a hacerlo. En caso de no acceder al cambio, el equipo que figura como visitante en el fixture será el ganador consignándose el resultado 0-20 en la planilla.
Artículo 36.- CREDENCIALES.
A cada integrante de la Delegación participante, la entidad organizadora deberá entregarle una Credencial personal firmada por sus autoridades. La Credencial deberá contener: Nombre del ente organizador; Número del Campeonato que se disputa; Nombre de la Entidad Participante; Nombre del participante, en su condición de Jugador (Equipo y Categoría) o su cargo/función.
Artículo 37.- PERSONAS AGREGADAS A LAS DELEGACIONES.
Las personas agregadas a una Delegación, entendiéndose por tales a las personas que excedan el número y función, no podrán exigir de la entidad organizadora ninguna clase de derechos y/u obligaciones.
Artículo 38.- FECHA Y HORARIO DE ARRIBO DE LA DELEGACION.
Las entidades participantes del Campeonato Argentino o Regional deberán comunicar al ente organizador, con no menos de cinco días de la iniciación del torneo, la fecha de arribo, horario probable, medio a utilizar para su traslado y el nombre del Juez que en su caso acompañe a la Delegación, a los efectos de que puedan ser recibidos convenientemente en la sede del Campeonato.
CAPITULO VI - DE LOS GASTOS.
Artículo 39.- A CARGO DEL ENTE ORGANIZADOR.
La entidad organizadora de los Campeonatos Argentinos o Regionales de Maxibásquet correrá con los siguientes gastos y serán de su exclusiva responsabilidad:
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a)Gastos de Organización y administración del evento.
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b)Gastos en Materiales de Promoción y publicidad, envíos y gastos de telefonía, fax y correo electrónico.
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c)Alquiler de lugares de juego -canchas- y limpieza de los mismos junto con sus vestuarios y baños.
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d)Honorarios de Responsables de cancha.
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e)Honorarios de Responsable de Cómputos.
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f)Aranceles de Árbitros de los partidos.
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g)Aranceles de Oficiales de Mesa necesarios para la realización de los partidos.
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h)Costo de Elementos de juego, a saber: pelotas, silbatos, relojes, planillas de juego.
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i)Alquiler de Centro de Acreditaciones e Informaciones que deberá funcionar desde el día anterior al inicio hasta el último día del torneo.
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j)Costo de Servicio médico permanente en cada estadio para el tratamiento de urgencias y traslados a los enfermos o lesionados.
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k)Alquiler de lugar para llevar a cabo las Reuniones de Delegados y del Comité Ejecutivo durante el evento.
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l)Alquiler de lugar específico para que delibere el H.T.D del torneo.
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m)Costo de alojamiento y estadía completa de cualquier Juez que concurra de otras localidades, sean jueces FFEMAR o de las delegaciones participantes. Todos los Jueces estarán ubicados, preferentemente, en alojamientos distintos a cualquier delegación.
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n)Si fuera necesario que algún miembro de la FFEMAR esté antes del inicio del torneo para al buen desarrollo de la Comisión Técnica costo de su estadía.
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o)Costo de Póliza de seguro para los participantes del Torneo.
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p)Trofeos y premios, medallas, Diplomas.
Artículo 40.- A CARGO DE LAS DELEGACIONES PARTICIPANTES.
Las Delegaciones participantes de los Campeonatos Argentinos o Regionales de Maxibásquet deberán correr con los gastos de:
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a)La totalidad de los gastos de alojamiento y traslados de su delegación.
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b)El pago de la inscripción por participación de cada equipo. La entidad participante se obliga a girar al ente organizador el 50% de la inscripción de sus equipos según lo prescripto en el Art. 7 del presente Reglamento, cancelando el resto en oportunidad de la acreditación.
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c)Abonarán sus gastos y expensas durante el torneo.
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d)El Canon por jugador en concepto de Arancel FFEMAR que deberán pagar en la acreditación o cualquier arancel que se fije en el futuro en su reemplazo.
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e)Toda multa impuesta a la delegación.
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f)Costo de Cena o Fiesta de Clausura prescripta en el Art 68 del presente Reglamento.
CAPITULO VII - INTEGRACION DE EQUIPOS.
Artículo 41.- ARGENTINOS NATIVOS O POR OPCION.
Los equipos participantes deberán estar integrados por jugadoras argentinas nativas o por opción. En este último caso deberán tener por lo menos un año de residencia.
Artículo 42.- LAS JUGADORAS PUEDEN OPTAR JUGAR POR LA DELEGACION SEGÚN SU NACIMIENTO O SU RESIDENCIA ACTUAL.
Las jugadoras pueden optar por jugar por la delegación que represente a su lugar de nacimiento o la delegación que represente a su lugar de residencia actual. Una vez hecha la opción deberá transcurrir un mínimo de dos Campeonatos Argentinos organizados por FFEMAR antes de poder hacer uso de la otra opción. Para hacer uso de la opción del lugar de residencia en su Documento Nacional de Identidad deberá constar como último domicilio el que opta.
Solo por los años 2023 y 2024, jugadoras nacidas o residentes en las Provincias de Tierra del Fuego y Santa Cruz podrán integrar una única delegación. Idéntico criterio se aplica para jugadoras de las provincias de La Pampa y Río Negro
CAPITULO VIII - DIRECTORES TECNICOS, JUECES Y OFICIALES DE MESA.
Artículo 43. OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES TECNICOS.
Los Directores Técnicos de cada equipo deberán cumplir lo determinado para ellos en las Reglas oficiales de Básquetbol, adoptadas por la C.A.B.B y aprobadas por la F.I.B.A. y los Reglamentos de FFEMAR y especialmente:
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a)Solamente podrán participar como tales, los Directores Técnicos fichados en FFEMAR y que cuenten con el carnet habilitante como tales.
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b)Son responsables del comportamiento de todos los que ocupen un lugar en el banco correspondiente a su equipo, en el que no permitirá la ubicación de personas ajenas a la Delegación o que hayan sido descalificadas del juego.
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c)Deberán conocer lo prescripto en Reglamento FFEMAR respecto a normas de juego.
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d)Deberán estar presentes en la reunión informativa y dispositiva de la Comisión Técnica del certamen celebrada con ellos antes de la jornada inicial del Campeonato.
Artículo 44.- DESIGNACION Y OBLIGACIONES DE LOS JUECES.
Los Jueces del torneo serán convocados y designados por la Comisión Técnica, de acuerdo a lo prescripto en el Art 20 del presente Reglamento.
Son obligaciones de los Jueces del campeonato:
-
a)Arbitrar los encuentros para los que fueron designados, ya sea individualmente o cualquiera sea el compañero que se le haya asignado como pareja.
-
b)Concurrir a todas las reuniones para las que se les convoque.
-
c)Conocer lo prescripto en Reglamento FFEMAR respecto a normas de juego.
-
d)Cumplir con la metodología propuesta por el H.T.D en cuanto a informe de planillas de juego. Los árbitros deberán dejar indicado en el dorso de las planillas de juego o en las hojas habilitadas especialmente todo informe que deba hacerse por infracciones o protestas. Dicho informe deberá hacerse una vez finalizado el partido y adjuntarse a la planilla de juego sin excepción.
-
e)Deberán utilizar como insignia la de Juez Oficial de la C.A.B.B. o de la Federación o Asociación que representen o la insignia de FFEMAR. La Mesa de Control no suministrará el nombre de la entidad a la que pertenece el Juez.
Artículo 45.- DESIGNACION Y OBLIGACIONES DE LOS OFICIALES DE MESA DE CONTROL.
Los Oficiales de Mesas de Control del torneo serán convocados y designados por la Comisión Técnica, de acuerdo a lo prescripto en el Art 20 del presente Reglamento.
Si por cualquier circunstancia lo considerara necesario, la Comisión Técnica podrá:
-
●●Removerlos del torneo;
-
●●Designar oficiales cuyos gastos de traslado y de estadía correrán por cuenta de los organizadores.
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●●Solicitar la colaboración en dichas funciones a los Delegados de las entidades participantes del Torneo.
Son obligaciones de los Oficiales de Mesa de Control del campeonato:
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a)Presentarse en sus puestos de trabajo con la antelación necesaria para cumplir con sus funciones
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b)Concurrir a todas las reuniones para las que se les convoque.
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c)Conocer lo prescripto en Reglamento FFEMAR respecto a normas de juego, trabajando con las planillas de juego provistas por el organizador y teniendo especial atención en cuanto a ingresos de jugadores por cuartos.
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d)Completar las planillas de juego a partir de la Lista de Buena Fe intervenidas por la Entidad Organizadora que deberá entregar cada equipo junto con los carnets de FFEMAR y hacer firmar dichas planillas por el Capitán de cada equipo.
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e)Cumplir con la metodología propuesta por el H.T.D en cuanto a informe de planillas de juego.
CAPITULO IX - CEREMONIALES, TROFEOS Y PREMIOS.
Artículo 46.- CEREMONIA INAUGURAL.
Los Campeonatos Argentinos o Regionales se iniciarán con el desfile obligatorio de todas las Delegaciones participantes, de las Autoridades Organizadoras y de Jueces del Campeonato, seguido de una ceremonia solemne de apertura. El desfile será encabezado por los Jueces del Campeonato y Autoridades del ente organizador, seguido por las Delegaciones íntegras, de acuerdo con el orden alfabético de los nombres de las entidades que representan, a excepción de la Delegación de la entidad organizadora, que cerrará el desfile.
Artículo 47.- CEREMONIA DE CLAUSURA.
Finalizado el último partido y una vez que la Comisión Técnica haya aprobado la respectiva planilla de juego y realizado los cómputos y cálculos necesarios, se procederá a confeccionar las planillas de posiciones por cada categoría y proclamar a los campeones. La Ceremonia protocolar de entrega de premios y Clausura se podrá realizar inmediatamente después del último partido y en la misma cancha o donde FFEMAR lo estipule. Podrá ser optativo de la entidad organizadora con acuerdo de FFEMAR, que la entrega de premios y proclamación de los Campeones se realicen durante la Cena o Fiesta de Clausura y despedida de las Delegaciones. Terminada la Ceremonia protocolar, el Presidente u otro miembro de FFEMAR, dirá algunas palabras de felicitación y agradecimiento a los participantes y a los organizadores, declarando clausurado el certamen.
Artículo 48.-TROFEOS Y PREMIOS.
El Comité Organizador deberá proveer de medallas y trofeos para los tres primeros puestos de cada categoría.
Artículo 49.- INSTITUCION DE OTROS TROFEOS O PREMIOS.
El ente organizador del Campeonato Argentino o Regional entregará trofeos especiales a jugadores designados por la Comisión Técnica del Campeonato en los siguientes rubros:
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a)Al goleador del Campeonato por categoría.
-
b)Al que haya logrado mayor puntaje en los lanzamientos de Tiros Triples por categoría.
Artículo 50.- MEDALLAS A LOS EQUIPOS UBICADOS EN LOS TRES PRIMEROS LUGARES DEL CAMPEONATO.
Los integrantes de los equipos clasificados en los tres primeros puestos, recibirán medallas o premios individuales. Las medallas de 1º puesto serán doradas con la inscripción del año, lugar del torneo y la mención del Campeonato correspondiente, las de 2º puesto serán plateadas y con las mismas indicaciones, las de 3º puesto serán bronceadas y con las mismas indicaciones, que serán costeadas por la entidad organizadora. También, si la entidad organizadora lo desea, podrá entregar similares distinciones a los otros miembros de las Delegaciones participantes.
Artículo 51.- DIPLOMAS A TODOS LOS PARTICIPANTES.
La entidad organizadora deberá entregar un diploma de participación a todos los participantes del Campeonato suscripta por el presidente del Comité Organizador y el presidente de FFEMAR, sean éstos jugadores, delegados, Jueces, directores técnicos, Oficiales de Mesas de Control, periodistas, etc.
Artículo 52.- TORNEO DE TIROS LIBRES - TORNEO DE TIROS TRIPLES.
Durante los Campeonatos Argentinos o Regionales el ente organizador podrá hacer disputar dos Torneos. Uno de Tiros Libres y otro de Lanzamiento de Tiros Triples. Los de mejor puntaje en cada Torneo recibirán un premio especial. Cada equipo participante al comienzo del Campeonato Argentino o Regional deberán por nota inscribir dos jugadores a los mencionados Torneos.
CAPITULO X - DEL PUNTAJE DE LOS PARTIDOS.
Artículo 53.- EL PUNTAJE DE LOS PARTIDOS.
El puntaje de los partidos de un Campeonato Argentino o Regional será así adjudicado:
-
●●DOS PUNTOS (2) al ganador;
-
●●UN PUNTO (1) al perdedor;
-
●●CERO (0) al que no se presente a disputar un encuentro a la hora y en la cancha fijada.
Artículo 54.- ABANDONO O NO PRESENTACION DE UN EQUIPO.
-
a)Toda no presentación a un partido llevara implícita la aplicación de una sanción económica de acuerdo a lo previsto en el Capítulo XIV del presente Reglamento
-
b)Si un equipo no contara con las siete jugadoras mínimos al comienzo del Campeonato, deberá disputar él o los partidos programados, pero perderá los puntos en disputa y el partido terminara: 20-0. En los siguientes encuentros podrá completar la cantidad mínima obligatoria con jugadoras que figuren en la lista presentada en la Acreditación
-
c)Cuando un equipo abandone la cancha durante la disputa de un encuentro o no se presente a jugar la continuación de uno suspendido, se observarán las siguientes normas para cerrar la planilla de juego:
c.1. Si el tanteador favorecía al equipo que se retira o no se presenta a continuar un partido suspendido se le dará por perdido por 20-0 en el tanteador y 2-0 en el puntaje del partido.
c.2. Si el tanteador favorecía al equipo que se mantiene en juego o se presenta a disputar su continuación, se le dará por ganado el partido con el score existente hasta ese momento.
Artículo 55.- SANCION SI DOS EQUIPOS NO SE PRESENTAN A JUGAR.
Cuando dos equipos oponentes de un encuentro que define una posición no se presentasen a jugarlo, además de la sanción económica, se les dará por perdido a ambos, con el puntaje de 0-0 y los dos equipos ocuparan la posición inferior que corresponde definir.
Artículo 56.- SANCION AL EQUIPO QUE ABANDONA EL CAMPEONATO.
Cuando un equipo haga abandono de una competencia, después de haber iniciado su actuación en ella, se le darán por perdidos todos los partidos que le restasen jugar con el escore de 20-0 a favor del adversario respectivo y el puntaje 2-0. El accionar será elevado al H.T.D para su evaluación y sanción de corresponder.
CAPITULO XI - DE LAS POSICIONES IGUALADAS.
Artículo 57. - POSICIONES IGUALADAS ENTRE DOS EQUIPOS.
Cuando se produzcan posiciones igualadas entre dos equipos, deberán ser desempatadas adjudicando la mejor colocación al equipo que hubiera vencido en el partido disputado entre ellos en esa misma rueda.
Si el empate se da entre equipos de distinta zona con distinta cantidad de partidos jugados, se definirá por Diferencia de Goles dividido la cantidad de partidos jugados.
Artículo 58.- POSICIONES IGUALADAS ENTRE TRES O MÀS EQUIPOS.
Producido el empate de posiciones entre tres o más equipos, para definir las posiciones, se utilizará el Sistema Olímpico, a saber:
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a)Ganadores entre sí.
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b)Si subsiste, diferencia de goles (a favor y en contra) entre ellos (en los partidos disputados entre ellos).
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c)Si subsiste, el que hubiera obtenido más goles a su favor en la zona de clasificación.
CAPITULO XII - DE LAS CANCHAS Y ELEMENTOS DE JUEGO.
Artículo 59.- CANCHAS - ELEMENTOS NECESARIOS - MESAS DE CONTROL –
INSPECCION DE LA COMISION TECNICA.
A fin de asegurar la correcta presentación de todo lo necesario para la disputa de los partidos, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
-
a)Las canchas tendrán como medidas mininas 14x26 mts. y deberán contar con todos los elementos que exigen las reglas de juego de C.A.B.B.
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b)Los elementos que se utilicen para los partidos del Campeonato, tales como planillas, relojes, paletas, tablillas, etc. deberán ser aprobados previamente.
-
c)La Mesa de Control deberá contar con la iluminación necesaria.
-
d)Todas las canchas deberán contar con vestuarios y baños habilitados con agua corriente fría y caliente y en perfectas condiciones de limpieza.
-
1CAPITULO XIII.- FORMA DE DESARROLLO
Artículo 60.- CONFORMACIÓN DE LAS ZONAS
En una categoría la cantidad de zonas en que se dividirán los equipos se determinará de acuerdo al número de inscriptos. La conformación de las zonas se hará teniendo en cuenta las posiciones en el Campeonato Argentino o Regional inmediato anterior a los que se agregarán los equipos que no hubieran participado en ese campeonato, en orden alfabético, indicando primero la provincia y después el nombre de la asociación/agrupación/liga. Además, se tratará que dos equipos de la misma provincia no queden en la misma zona. Si el organizador del torneo presenta equipo en la categoría, y no se encuentre en las primeras posiciones en el campeonato anterior de tal forma de ser primero en una de las zonas, deberá ser ubicado primero en la última zona y reordenar las posiciones.
Si hay 2 (dos) zonas ellas se conformarán de la siguiente manera:
Zona A: 1º, 4º, 5º, 8º (posiciones en el Campeonato Argentino anterior)
Zona B: 2º, 3º, 6º, 7º
Si hay 3 (tres) zonas ellas se conformarán de la siguiente manera:
Zona A: 1º, 6º, 7º, 12º (posiciones en el Campeonato Argentino anterior)
Zona B: 2º, 5º, 8º, 11º
Zona C: 3º, 4º, 9º, 10º
Si hay 4 (cuatro) zonas ellas se conformarán de la siguiente manera:
Zona A: 1º, 8º, 9º, 16º (posiciones en el Campeonato Argentino anterior)
Zona B: 2º, 7º, 10º, 15º
Zona C: 3º, 6º, 11º, 14º
Zona D: 4º, 5º, 12º, 13º
Artículo 61.- MINIMA CANTIDAD DE EQUIPOS PARA DENOMINARSE CAMPEONATO ARGENTINO O REGIONAL Y PARA ABRIR UNA CATEGORIA.
No podrá considerarse como Campeonato Argentino la confrontación que no reúna un mínimo de cuatro equipos inscriptos formalmente para participar en el Torneo.
Para abrir una categoría será necesario contar al menos con 3 equipos por categoría.
CAPITULO XIV - SANCIONES POR NO CONCURRENCIA - RETIRO - NEGACION A COMPETIR.
Artículo 62.- NO PRESENTACION- RETIRO O NEGACION DE COMPETIR.
Toda no presentación a un partido llevara implícita la aplicación de una sanción económica que fijara anualmente la CD por partido no jugado.
Si un equipo se retirara del campeonato teniendo pendiente jugar más de un partido, deberá pagar las multas por todos los partidos no disputados.
La entidad que se retirara del Campeonato una vez en la sede del mismo o se negara a competir en él sin causa justificada a juicio del Comité Ejecutivo del Campeonato, abonará una multa económica según lo prescripto en el párrafo anterior a favor de FFEMAR. Además, se pasarán los antecedentes al Tribunal de Disciplina para que determine la Sanción que pueda corresponderle. FFEMAR tomará conocimiento de la aplicación de estas multas, encargándose de su cobro y debiendo exigir a la entidad penada el pago de la misma, el que deberá efectuarse en el plazo fijado. Vencido el plazo sin cubrirse la multa, la entidad penada quedará suspendida en todas sus relaciones con FFEMAR.
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2CAPITULO XV.- REGLAS DE JUEGO
Artículo 63.- NOMAS APLICABLES-TIEMPOS DE JUEGO - CONFECCION DE PLANILLAS E JUEGO.
Todos los partidos disputados en un Campeonato Argentino o Regional se regirán por las Reglas Generales de Juego de FFEMAR.
El Comité Organizador deberá informar a todos los equipos asistentes las reglas del torneo concernientes a lo deportivo y deberán figurar en el programa deportivo que deberá entregar al momento de la acreditación a cada uno de los participantes.
Los partidos se disputarán de acuerdo a lo siguiente:
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a)Cuatro (4) cuartos de 10 minutos cada uno a reloj parado, con 2 minutos de descanso entre el primero y segundo y entre el tercero y cuarto y 5 minutos entre el tercero y último cuarto.
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b)Las delegaciones deben presentar antes del inicio de cada partido la Lista de Buena Fe intervenida por la Entidad Organizadora, junto con los carnets de FFEMAR o autorización en su defecto, tanto de jugadoras como directores técnicos, indicando el número de camiseta de cada jugador
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c)Las planillas de juego deberán ser completadas con número de carnet, apellido y nombre del jugador y número de camiseta y firmadas únicamente por el designado como Capitán del equipo antes del inicio del mismo.
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d)Una vez iniciado el juego no podrán modificarse o agregarse jugadores a la planilla de juego.
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e)El equipo local y visitante serán los que figuran en el fixture como tales.
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f)Si hubiera alargue por empate de partido, se jugará un tiempo complementario de cinco (5) minuto. El complementario que comienza se considerara continuación del cuarto (4to) cuarto, con lo cual se respetaran las pautas del cuarto (4to) cuarto en cuanto a faltas acumuladas, computo de cuartos jugados (ninguna jugadora que ya haya jugado tres (3) cuartos al inicio del cuarto (4to) cuarto podrá ingresar).
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g)Si al inicio de un juego hubiera un (1) solo árbitro, el partido se disputará igual.
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h)En caso que alguna planilla esté informada por los jueces o protestada, se procederá de acuerdo a la normativa dispuesta por el HTD.
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i)Todas las demás normas se regirán por las normas de la C.A.B.B.
Artículo 64.- DE LOS CAMBIOS Y TIEMPO DE JUEGO DE CADA JUGADORA.
Los equipos jugaran con un mínimo de 7 jugadoras, y ninguna podrá jugar más de tres cuartos. En caso de que los equipos tengan diez o más jugadoras en cancha, será obligatorio el cambio de las cinco jugadoras del primer cuarto para dar comienzo al segundo cuarto. Es decir, el segundo cuarto dará comienzo con 5 jugadoras diferentes respecto del primer cuarto. En caso que el equipo tenga más de 10 jugadoras, la 11º o la 12º jugadora podrán ingresar en cualquier cuarto computándole cuarto completo ala que ingresa como a la que sale. Si una jugadora saliera por quinta falta personal, lesión y/o expulsión deberá ser reemplazada obligatoriamente por otra habilitada para hacerlo, con la sola excepción que no hubiere otra jugadora para su reemplazo, computándosele cuarto completo a ambas jugadoras.
En el inicio del segundo (2do) cuarto deberá verificarse el cumplimiento de lo normado en el párrafo anterior y para el caso que resten ingresar jugadoras obligatorias el Oficial de Mesa deberá informar al Juez del partido para que este le comunique al equipo correspondiente y hacer cumplir la obligación. Si existieran en planilla jugadoras no presentes antes del inicio del segundo (2do) cuarto, las mismas deberán ser deshabilitadas en las planillas de juego y ya no podrán jugar.
Para el caso que una jugadora sea mal incluida en un cuarto, se la deberá retirar, se le computará el cuarto y se deberá sancionar con un técnico al banco.
Artículo 65.- MINIMO DE JUGADORAS POR EQUIPO POR PARTIDO-CONTROL
El equipo que presente menos de siete (7) jugadoras, deberá disputar el partido a cuatro cuartos a reloj corrido otorgándosele los puntos en disputa al equipo adversario de acuerdo a lo prescripto en los artículos correspondientes. Dicha situación debe verificarse al inicio del 2do cuarto, que es cuando deben hacerse los cambios obligatorios.
Artículo 66.- TIEMPOS DE ESPERA A EQUIPOS
El tiempo de espera de inicio del primer encuentro de la jornada será de quine (15) minutos, no habiendo tolerancia en los partidos siguientes, dándose por perdido el encuentro a quien no se presente.
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1CAPITULO XVI.- REGLAS ESPECIALES
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Artículo 67.- DEL LOGOTIPO.
El Comité Organizador deberá crear un logotipo e isotipo que represente su evento con el número de Campeonato, la ciudad de realización y el año, que podrá incluirlo en toda su documentación, papelería y elementos de promoción del torneo.
Artículo 68.- CENA O FIESTA DE CLAUSURA - FIESTA DE LAS MASCOTAS.
El Comité Organizador deberá realizar una Cena o Fiesta de Clausura para todos los participantes, a la finalización del torneo, cuyo costo será abonado por cada asistente, debiendo procurar el menor precio de la misma. También deberá programar una Fiesta de Mascotas para todas las delegaciones.
Artículo 69.- OTROS RECURSOS.
El Comité Organizador podrá comercializar y obtener otros recursos de:
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a)Venta de souvenirs, remeras del torneo, fotos, etc.
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b)Subsidios, becas, actividades o lugares gratuitos, etc.
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c)Publicaciones, programas, posters, etc.
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Articulo 70.- ALCANCE DEL CAPÍTULO XVII
Las disposiciones del presente Capítulo rigen para integrar los equipos formados por FFEMAR que representen a nuestro país en los Campeonatos Regionales, Panamericanos y Mundiales auspiciados u organizados por FIMBA o por FFEMAR. No se aplicará este capítulo para el resto de los torneos organizados por estas entidades y se permitirá el armado de los equipos de la forma que los equipos lo decidan, aunque siempre deberán solicitar el aval de FFEMAR.
Articulo 71.- INTEGRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE FFEMAR
Toda jugadora afiliada a FFEMAR podrá inscribirse para integrar los equipos formados por la Federación para representar a nuestro país en campeonatos regionales, panamericanos y/o mundiales auspiciados u organizados por FIMBA y/o cualquier otro campeonato en que se decida participar. No podrá integrar dichos equipos una jugadora que no éste afiliada a la Federación.
Articulo 72.- CATEGORÍA EN LA QUE PARTICIPARÁ CADA JUGADORA
Cada jugadora participará en la categoría que le corresponda por su edad, salvo que la misma no se pueda formar o que la cantidad de inscriptas supere la cantidad de jugadoras permitidas, en cuyo caso el cuerpo técnico decidirá en que categoría jugará. Para el caso que en una categoría se formen dos equipos o más, será decisión del cuerpo técnico la integración de los mismos.
Articulo 73.- VESTIMENTA DE LOS EUIPOS DE FFEMAR
En virtud de ser una delegación deportiva, será obligatorio utilizar la ropa de la misma, alojarse en el hotel que la Federación determine -salvo excepción autorizada-, llegar y retirarse del torneo en la fecha que la Federación determine, presentarse a todos los partidos de su categoría (salvo fuerza mayor), sin excepción y bajo apercibimiento de ser plausible de sanción disciplinaria que puede alcanzar hasta la prohibición de volver a integrar un equipo formado por la Federación.
Articulo 74.- ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
La jugadora deberá cumplir con los plazos estipulados por la Federación para la entrega de documentación, pago de inscripciones, pago de ropa y cualquier otro requisito solicitado por la misma.
Articulo 75.- ENTRENAMIENTOS PARA CAMPEONATOS INTERNACIONALES
La jugadora deberá asistir a la cantidad de entrenamientos obligatorios estipulados por la Federación para cada torneo, bajo apercibimiento que sino asiste será dada de baja de la lista o se la habilitará a jugar en el último equipo de la categoría.
Articulo 76.- DEL COMPORTAMIENTO DE LA JUGADORA QUE INTEGRA UN EQUIPO FFEMAR
El accionar de una jugadora, o de otro integrante de la delegación que no guarde el decoro y respeto que surge de estar representado a nuestro país y/o a la Federación, será considerado un accionar impropio, elevándose los antecedentes al H.T.D para su evaluación en cuanto a sanciones a imponer.
ANEXO A
SISTEMA DE LICITACIÓN PARA GRAN FINAL DE REGIONALES
La Final de Regionales se realizará, indefectiblemente, entre los meses de setiembre y octubre de cada año.
Cada año, para adjudicar la organización de la Gran Final de Regionales, deberá realizarse una presentación en la forma y fecha que establezca FFEMAR. La misma será evaluada por los miembros de la Comisión de Regionales, en base al puntaje que a continuación se detalla. Quien obtenga el mayor puntaje se adjudicará la licitación y por lo tanto la organización del evento. En caso de igualdad en las presentaciones, la sede será adjudicada por sorteo. Dicho sorteo será de forma azarosa, adjudicándoles un número a los oferentes (del 0 al 9, de acuerdo a la cantidad de oferentes la cantidad de números, en orden alfabético) y se regirá por la Lotería Nacional Nocturna del día posterior de la apertura de la licitación. En este caso, el que resulte adjudicado deberá hacerse cargo de lo que ofreciera en la licitación.
METODOLOGÍA DE PRESENTACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO
Se realizará la presentación de acuerdo a los ítems que se detallan a continuación.
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1)OFERENTES
Para ser oferentes deberán tener la condición de participante en las Finales de los Regionales.
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2)COSTO DE LA INSCRIPCIÓN de cada equipo a la GRAN FINAL
El oferente propondrá a la CD de FFEMAR, para su consideración, el arancel que pagarán los participantes del Torneo.
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3)ITEMS OBLIGATORIOS
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✔✔Estadios totalmente cerrados.
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✔✔Tablero electrónico a la vista.
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✔✔Reloj de 24” a la vista.
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✔✔Piso deportivo.
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✔✔Contratación de Árbitros y oficiales de mesa.
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✔✔Encargado de chancha durante toda la jornada en que hubiera partidos.
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✔✔Atención médica, primeros auxilios y traslado en la ciudad.
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✔✔Alojamiento para fiscalizadores de FFEMAR (Dos)
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✔✔Comidas de árbitros y fiscalizadores de FFEMAR.
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✔✔Premiación en cada categoría, goleadora y triplera.
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✔✔Conexión Wifi en los estadios.
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✔✔Cena de camaradería.
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4)ITEMS OPCIONALES
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1-ALOJAMIENTO DE LAS DELEGACIONES: Los precios indicados en este punto se revisarán anualmente, de acuerdo al aumento del costo de vida.
El organizador puede ofrecer descuento en los siguientes tipos de alojamiento, obteniendo puntos por esos descuentos
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ooHoteles con baño privado con un precio de hasta $ 1500 por persona por día: 5 puntos.
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ooCabañas o bungalows con baño privado con un precio de hasta $ 1500 por persona por día: 5 puntos.
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ooAlbergues deportivos con baño privado o Albergues deportivos sin baño privado gratuitos o a un costo mínimo de hasta $ 500: 15 puntos.
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2-COMIDAS GRATUITAS
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Desayuno: 3 ptos.
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Almuerzo: 12 ptos.
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Cena: 12 ptos.
NOTA: Será obligatoria la oferta de comidas especiales para jugadores diabéticos y/o celíacos. Para ello la Delegación visitante debe solicitarlo con 48 horas de anticipación al inicio del evento y presentarse munido de la Certificación Médica correspondiente.
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3-COBRO DE INSCRIPCIÓN
Se cobrará una inscripción por equipo.
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ooSi se cobra el100%: 0 ptos.
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ooSi se cobra el 75%: 5 ptos.
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ooSi se cobra el 50%: 10 ptos.
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ooSi se cobra el 25%: 20 ptos.
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4-CENA DE CAMARADERÍA: Si la misma entra dentro del cobro de inscripción (sin costo): 15 ptos.
TRASLADO DE LAS DELEGACIONES
A cargo de cada delegación.
CONTRALOR
La COMISION DE REGIONALES actuará como fiscalizador del cumplimiento del proceso licitatorio instando permanentemente al organizador a respetar la oferta. Una vez finalizado el TORNEO, y en caso de que detectara incumplimientos, elevará un informe detallado del mismo a las autoridades de FFEMAR, quienes analizarán, tomarán conocimiento y considerarán las acciones que estimen correspondan. Todas las quejas que fueran presentadas por las delegaciones participantes deberán ser adjuntadas al informe.
MULTAS
Por cada punto incumplido de la Licitación se aplicará una multa de 1 AJC (arancel de árbitros). Ejemplo: si no se cumple con el desayuno que otorga dos puntos, la multa es de 2 (dos) AJC y así para cada caso. En caso de no cumplir con los ítems obligatorios, la comisión de regionales deberá informar las novedades para ser elevadas al H. T. P. en los términos especificados en el punto CONTRALOR.
Para el caso de incumplimiento de los puntos obligatorios se aplicará en forma directa por parte de la Mesa Directiva de FFEMAR una multa de 10 (diez) AJC por cada ítem obligatorio no cumplido.
LICITACIÓN DESIERTA
Si en las licitaciones para las finales nadie se postula como Sede, se abrirá una nueva licitación abierta a otras asociaciones afiliadas a FFEMAR. Si aun así la licitación estuviera desierta los participantes disputarán la fase final determinándose la sede por sorteo.
OBSERVACIONES
-
-
ooTodo oferente debe licitar con los ítems obligatorios.
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ooNo es obligación ofertar todos los ítems opcionales. Se tomarán en cuenta los que se ofrecen y se sacará por puntaje el ganador.
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ooCada equipo se considera integrado por un máximo de 14 personas.
-
SISTEMA DE JUEGO:
-
●●6 Equipos por categoría
-
●●Se dividen en 2 zonas de 3 equipos cada una.
-
●●Juegan todos contra todos en cada zona.
-
●●Clasifican para semi finales el 1ro y 2do de cada zona.
-
●●Semifinales: Juegan el 1ºZ1 contra el 2ºZ2 y el 1ºZ2 contra el 2ºZ1.
-
●●Final: juegan los ganadores de las semifinales.
-
●●Los 3ros puestos se definen por la posición lograda en la etapa de clasificación.
-
●●Los equipos posicionados en 3er lugar juegan entre sí para determinar la posición 5ª y 6ª.
Categorías |
30 |
40 |
50 |
60 |
Total |
Equipos |
6 |
6 |
6 |
6 |
24 |
Partidos |
10 |
10 |
10 |
10 |
40 |
Cantidad de partidos por día
DÍA 1 |
DÍA 2 |
DÍA 3 |
TP |
|
Cat 30 |
3 |
3 |
4 |
10 |
Cat 40 |
3 |
3 |
4 |
10 |
Cat 50 |
3 |
3 |
4 |
10 |
Cat 60 |
3 |
3 |
4 |
10 |
Totales |
12 |
12 |
16 |
40 |
Fixture para cada categoría
DÍA 1 |
DÍA 2 |
DÍA 3 |
|||||
A |
B |
A |
C |
1° |
2° |
||
A |
B |
A |
C |
2° |
1° |
||
B |
C |
B |
C |
G |
G |
||
3° |
3° |
Forma de obtener los 6 equipos por categoría
-
●●Los equipos que hayan salido 1º en cada categoría en cada Regional deberán participar obligatoriamente. Si no lo hicieran deberán pagar una multa que será fijada por la CD de FFEMAR.
-
●●Para completar los 6 equipos de cada categoría que participarán de la final de regionales, se deberá consultar a todos los segundos de los regionales disputados para obtener confirmación de si se comprometen a participar del mismo, Con los equipos que confirmen su voluntad de participar, se realizará un sorteo donde se les asignará uno o más números a cada uno, del 0 al 9 (asignando de acuerdo a un listado ordenado en forma alfabético), y se sorteará por Lotería Nacional Nocturna (fecha a concordar). El equipo sorteado deberá participar obligatoriamente de la Final de Regionales. Si así no lo hiciera deberá pagar una multa que será fijada por la CD de FFEMAR.
En caso de desistimiento de algún equipo de los indicados en los ítems anteriores, el número de participantes se completará únicamente con equipos que hayan ocupado hasta el 2º puesto en el respectivo Regional en función del sorteo realizado.
En el caso de no poder completar los 6 participantes por categoría, el torneo se desarrollará con un número menor de equipos.
Listas de Buerna Fe
-
●●Los equipos participantes de la Final de Regionales deberán tener en su Lista de Buena Fe, al menos 5 jugadoras que hayan participado en ese equipo en el respectivo Regional. Para completar la Lista (de hasta 15 jugadoras) el equipo podrá incluir otras jugadoras de su misma institución, hayan o no participado del Regional. También podrá incluir jugadoras de otra institución de la misma provincia, siempre y cuando no hayan participado del Regional respectivo.